TEMA 38
LA SEGURIDAD SOCIAL EN ESPAÑA.
NORMATIVA VIGENTE Y ÁMBITO DE APLICACIÓN.
ESTRUCTURA DEL SISTEMA DE LA SEGURIDAD SOCIAL.
EL REGIMEN GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL.
INSCRIPCIÓN DE EMPRESAS. AFILIACIÓN, ALTAS Y BAJAS.
COTIZCIÓN.
RECAUDACIÓN. ACCIÓN PROTECTORA.
1.- INTRODUCCIÓN.
En todo tiempo y lugar ha habido mecanismos con la idea de prever contra posibles riesgos que se pudieran presentar procurando que las consecuencias fueran lo más leves posibles.
En nuestro país, se ha articulado mediante el Sistema de Seguridad Social. El 30 de enero de 1900 se promulgó la Ley de Accidentes de Trabajo, que supuso la implantación del primer seguro social en España.
Desde aquellos seguros sociales del primer tercio del siglo, por ramas de aseguramiento y protegían a colectivos muy específicos de asalariados, hemos llegado a un sistema que protege conjuntamente todas las contingencias contempladas en los sistemas más avanzados y alcanza a toda la población.
2.- LA SEGURIDAD SOCIAL EN ESPAÑA.
2.1. PRECISIONES CONCEPTUALES.
La O.I.T. definió la seguridad Social como “la protección que la sociedad proporciona a sus miembros,(…) mediante medidas públicas, contra las privaciones económicas y sociales ….”
El objetivo de la seguridad social es velar porque las personas que están en la imposibilidad de obtener ingresos puedan seguir satisfaciendo sus necesidades, proporcionándoles, a tal efecto, recursos financieros o determinados bienes o servicios.
La construcción, sistema de seguridad social, uno de los grandes avances logrados por la sociedad de los países europeos. Seña de identidad del modelo social y económico de la Unión Europea.
España, más tarde, también ha accedido al modelo social europeo. Se han desarrollado un amplio número de prestaciones públicas de acceso individual pero con carácter colectivo: sanidad, educación, pensiones, prestaciones por desempleo y enfermedad común y profesional, y servicios sociales.
Es uno de los principales mecanismos de redistribución de la riqueza, en la actualidad refleja la consagración de todo Estado como de bienestar. Art. 1.1 de la Constitución española.
El concepto de seguridad social, se asemeja en muchos casos a protección social y asistencia social, que son categorías distintas. La protección social incluye todo tipo de vías de amparo, tanto públicas como privadas.
La asistencia social circunscribe más su ámbito de protección a quines carecen de medios de subsistencia y su carácter público lo distingue de la tradicional beneficencia.
La noción de seguridad social implica:
- mecanismo fundamentalmente público.
- Estrecha relación con la actividad laboral.
- Prestaciones vinculadas primordialmente a la salud.
- Viabilidad financiera no responde al sistema de capitalización sino al de reparto.
2.2. EVOLUCIÓN HISTÓRICA.
Períodos:
- Inexistencia: durante todo el siglo XIX no existe, motivo que conduce al nacimiento de la cuestión social.
- Seguros sociales: Ley de accidentes de Trabajo de 30 de enero de 1900 supuso la implantación del primer seguro social en España. En 1908 Instituto nacional de Previsión. Se van estableciendo seguros sociales aislados referidos a contingencias específicas y coyunturales, destacando el de retiro obrero de 1919 y el SOVI en la posguerra civil.
- Sistema: a través de la Ley de Bases de 1963 y su texto articulado de 1966 se crea un auténtico sistema que contempla distintos riesgos, formas de financiación, requisitos generales y régimen jurídico. Seguirán las leyes de 1974 y 1994.
- Crisis: años 80, el paro envejecimiento de la población, el sistema pasa por una situación de incertidumbre especto a su futura viabilidad economico-financiera. Esto conducirá a la reducción de la cuantía de pensiones, restringir supuestos de invalidez, recortar y controlar el desempleo y las prestaciones farmacéuticas. Se buscan alternativas a través del Pacto de Toledo, suscrito para reforzar el sistema mediante una modificación de la financiación que garantice la cobertura de las prestaciones a medio plazo.
2.3.- SISTEMA ESPAÑOL DE SEGURIDAD SOCIAL